Estas protecciones son obligatorias, ya que pueden responder en caso de daños materiales o personales. Están regulados en el Real Decreto 607/1999 del 16 de abril, que garantiza la responsabilidad civil pueden superar los 300.000 €. En caso de daños personales, el límite por víctima puede ser de hasta 120.200 €. Para daños materiales pueden ser más de 90.000 €.
Nuestras pólizas pueden variar en función de las características del barco y otros aspectos del contrato, pero, en cuanto a las garantías podemos decir que se pueden dividir en 2 opciones, el seguro de barco por daños a terceros y el de a todo riesgo. En estos casos, tenemos en cuenta características como la edad de la nave, la potencia de los motores y el valor de la inversión.